16 dic 2010

La Iniciativa Ciudadana Europea, cada vez más cerca

Aunque con un año de retraso de los planes iniciales, el Reglamento que establece unas normas que regirán la Iniciativa Ciudadana Europea acaba de ser aprobado por la Eurocámara  y entrará en vigor a principios del 2012.
Esta iniciativa trata de reforzar el tejido democrático de la Unión Europea, estableciendo que "un grupo de al menos un millón de ciudadanos de la Unión, que sean nacionales de un número significativo de Estados miembros, podrá tomar la iniciativa de invitar a la Comisión, en el marco de sus atribuciones, a que presente una propuesta adecuada sobre cuestiones que estos ciudadanos estimen que requieren un acto jurídico de la Unión para los fines de la  aplicación de los Tratados".
Los procedimientos y las condiciones que se deben cumplir, serán reguladas por el citado Reglamento, que pretende dar respuesta a las cuestiones jurídicas, administrativas y organizativas requeridas para la puesta en marcha de la iniciativa. Estos son los principales puntos que aclara el Reglamento y que tendrán que ser tenidos en cuenta para las iniciativas que se planteen:
  • Número de Estados miembros de los que deben proceder los ciudadanos. Finalmente deberán proceder de una cuarta parte de los Estados Miembros
  • Número mínimo de firmas por Estado Miembro. El número mínimo de firmantes requerido en cada Estado miembro corresponderá al número de diputados al Parlamento Europeo elegido en cada Estado miembro multiplicado por 750. Se debe dotar a la Comisión de competencias para modificar este anexo de modo que se refleje cualquier modificación relativa a la composición del Parlamento Europeo. Habrá una cifra mínima de firmas por cada Estado miembro, desde las 3.750 firmas de Malta a las 74.250 de Alemania (España 37.500). Además los firmantes deberán cumplimentar una declaración de apoyo a esta iniciativa. 
  • Admisibilidad para apoyar una iniciativa ciudadana: edad mínima. La requerida para participar en las elecciones en cada Estado miembro (18 años en todos los EM, excepto en Austria que es de 16 años).
  • Forma y redacción de la Iniciativa Ciudadana: Se deberá crear un Comité Ciudadano compuesto, al menos, por siete personas residentes en, al menos, siete Estados Miembros. Este comité representará a los firmantes, serán sus "personas de contacto", o enlace entre la Unión Europea y los ciudadanos. Será la encargada de presentar y redactar la Iniciativa Ciudadana.
  • Forma de registrar la Iniciativa Ciudadana: Primero el Comité Ciudadano registrará la propuesta ante la Comisión, facilitando una pág. web donde se actualicen las fuentes de apoyo y financiación. La Comisión deberá contestar sobre la aprobación o no de la propuesta en plazo máximo de 2 meses desde su presentación. (Sólo podrán ser rechazadas si las iniciativas propuestas estuvieran fuera del ámbito de competencias de la Comisión según los Tratados para esta iniciativa o fueran contrarias a los valores fundamentales de la Unión Europea, según el art. 2 del Tratado de la Unión, o por requisitos formales en cuanto a su presentación). Una vez la Comisión conteste favorablemente a la propuesta, se iniciará la recogida de firmas.
  • Requisitos aplicables a la recogida, la verificación y la autenticidad de las firmas: Las declaraciones de apoyo se podrán recoger en papel o electrónicamente. La Comisión establecerá y mantendrá programas informáticos de código abierto que incorporen las características técnicas y de seguridad necesarias para el cumplimiento de las disposiciones del Reglamento. Estos programas estarán disponibles de manera gratuita para los organizadores.
  • Plazo para le recogida de firmas: Una vez admitida la propuesta el plazo para la recogida de firmas no podrá ser superior a 12 meses. 
  • Registro de las iniciativas propuestasPara asegurar la coherencia y la transparencia en relación con las iniciativas ciudadanas propuestas, y para evitar que se recojan firmas de apoyo a una propuesta que no cumpla las condiciones previstas en el presente Reglamento, debe ser obligatorio registrar tales iniciativas en una página web facilitada por la Comisión antes de la recogida de las necesarias declaraciones de apoyo de los ciudadanos. Todas las propuestas que cumplan las condiciones previstas en el presente Reglamento deberán ser registradas por la Comisión.▌
Ya solo queda que el Consejo dé su visto bueno y lo apruebe. A partir de ahí, los Estados Miembros tendrán un año para aplicar estas normas y abrir los cauces para la participación directa de los ciudadanos, que si no pasa nada, entrará en funcionamiento a principios de 2.012.

También es importante recordar que nuestra Constitución española recoge una iniciativa legislativa similar. El artículo 87.3 dice: "Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la representación de proposiciones de ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributaria o de carácter internacional ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia". También es posible plantear iniciativas legislativas populares a nivel autonómico (recordemos la reciente Iniciativa Legislativa sobre la prohibición de corridas de toros en Cataluña, siendo esta la primera que se llevara a cabo con éxito  en esta región).
Desde la instauración de la Democracia en nuestro país, de las cincuenta desarrolladas, sólo nueve iniciativas se han llevado a cabo, a nivel estatal,  y tan sólo una ha sido aprobada por el pleno, la correspondiente a la Ley de Propiedad Horizontal

Esperemos que la Iniciativa Ciudadana Europea tenga más suerte, se encuentre con menos trabas que las españolas y cuente con la participación de muchos más ciudadanos, aquí creo que las actuales formas de comunicación y participación tienen un gran peso, y pronto veremos si la e-democracia a golpe de click es capaz de acercar a los ciudadanos y hablar, de una vez con una verdadera Voz Única, con ciudadan@s dispuestos a participar y a involucrarse en asuntos sociales, de derechos humanos, de igualdad, de educación, de justicia...

El texto íntegro del Reglamento podéis verlo pinchando en la Pág. Web del Parlamento Europeo: Texto acordado.  
Seguimiento de la Iniciativa Ciudadana Europea: 
Propuesta inicial del Reglamento (31/03/2010)

Este blog contribuirá con la difusión de cualquier iniciativa que nos parezca que defiende los Valores en que se basa la Unión Europea, y su seguimiento. 

4 comentarios:

emilio dijo...

Yo también espero y deseo que la ICE tenga más éxito que en nuestro país. En principio, por lo que acabo de leer en tu blog, me parece todo muy "enrevesado", muy para "especialistas". Ojalá me equivoque. SaLudos: emilio

Encarna dijo...

Gran entrada Yolanda, muy completa. la comparto... ;)

Jorge Juan Morante dijo...

Muchas gracias, yolanda, por informarnos como será definitivamente.

Saludos,

Jorge Juan

Recogida de Firmas - Petición Publica dijo...

Hola Yolanda,

Yo utilizo un site web para hacer recogidas de firmas. Se llama Petición Pública (http://peticionpublica.es) y és muy sensillo.
Crées que las recogidas hechas en este site son válidas?
Gracias