
Una de las mayores reivindicaciones que siempre había demandado el sector de Agencias de Viajes era la eliminación de avales, simplemente porque el exponer el patrimonio personal de cualquier empresario era algo que ya en muy pocos negocios se exigía y ahora, cuando por fin una Directiva europea nos da la oportunidad de quitarnos ese incómodo y lastrado requisito van las Asociaciones de Agencias de Viajes y basándose en el "Principio de exclusividad" (dudoso principio), nos intentan convencer de que cerrando los ojos nuestro negocio estará protejido (pérdida de un valioso tiempo). Sobre el citado Principio a mi me gustaría citar estos otros:
- Principio del país de origen (PPO). Este es uno de los puntos más controvertidos de la directiva europea, Principio por el cual una empresa puede ofrecer un servicio en un país diferente al suyo según las leyes del país donde tiene su sede. Imaginaos que una agencia inglesa con sede social en Londres vende sus servicios en España, pues esta agencia NO tiene porqué tener avales si en su país de origen (Reino Unido) no se lo exigen. ¿Que esto puede ser un "coladero"?, en mi opinión SI, pero tenemos dos opciones: lamentarnos o hacer lo mismo y utilizar esa ventaja en nuestro propio beneficio. Imaginaos ahora que una agencia en Barcelona traslada su sede social a Londres (su oficina sigue en el mismo sitio, en Barcelona), tampoco se le exigiría aval si en Londres se sigue sin exigir. Si esto es un "veneno" como calificaba la eurodiputada alemana del grupo verde Sahra Wagenknecht o no, lo veremos muy pronto. De hecho las consecuencias las podemos ver con el ejemplo que ocurrió en la ciudad sueca de Vaxholm, donde una empresa letona ganó un concurso de construcción y se consideró libre para aplicar a sus trabajadores el salario letón.
- Principio de Primacía. Por el cual, y según el artículo I-6 del texto constitucional europeo, prevalecen las normas comunitarias sobre las nacionales de cada Estado miembro. Con lo cual, por mucho que las distintas Administraciones nacionales se empeñen en seguir manteniendo el aval (en el caso de las Agencias de Viajes), cuando la propia Directiva de Servicios dice expresamente en su art. 14 : "Requisitos prohibidos, apartado 7) obligación de constituir un aval financiero, de participar en él o de suscribir un seguro con un prestador u organismo establecido en el territorio nacional. Ello no afectará a la posibilidad de los Estados miembros de exigir garantías de un seguro o financieras como tales, ni a los requisitos relativos a la participación en fondos colectivos de compensación, por ejemplo, para miembros de colegios u organizaciones profesionales". Y para "rematar" este Principio, tenemos el siguiente...
- Principio de Efecto Directo. Es el que tiene cualquier ciudadano de acudir a los Tribunales de Justicia Europeos para hacer valer sus derechos y obligaciones, lo que hace especialmente eficaz el ordenamiento jurídico comunitario, ya que cualquier persona física o jurídica puede dirigirse directamente a este ordenamiento superior si ve mermados sus derechos, es decir, sería un recurso directo. Como sería el caso de una agencia afincada en territorio nacional que se le exigiera la obligatoriedad de presentar aval ante la Administración, yendo esto en contra de la propia Directiva europea, pues directamente podría exigir al órgano europea correspondiente que proteja sus derechos.
De todas formas, y para no pecar de inocente, y desde mi punto de vista, estas "grandes" Directivas creadas en principio para favorecer la competitividad en beneficio del pequeño y mediano empresario a quien favorece es siempre a los GRANDES, ya que éstos SI saben aprovechar todas sus ventajas, mientras los pequeños andamos perdidos pensando que todo es un desastre, mucho desconocimiento, mucho miedo y poca acción una vez más, en vez de buscar nuestra ventaja común, tan y tan aprovechada por quien sabe moverse en un mundo de piratas y tiburones.
¿A qué nos llevará la excesiva liberalización de los servicios (ojo que los hay mucho más "dañinos" que el caso que me ocupa en este post, como sería el de la privatización de los servicios sociales)?. Las consecuencias van desde la deslocalización masiva de empresas hacia países de la UE con leyes más permisivas (como he explicado con los ejemplos anteriores), aumento del fraude fiscal, aumento del intrusismo (más si cabe), descenso de las contribuciones a la Seguridad Social, empeoramiento de las condiciones laborales...SI, efectivamente, antes el Pirata escondía su parche y operaba en la sombra, ahora lo podemos ver en cualquier lugar, ya que ahora TODOS podemos hacernos Piratas.
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